Seguro de Vida
¿Qué dicen nuestros usuarios de SeguroMasEconomico.es?


No sabia qué capital asegurar, pero me aclararon mis dudas. Muchas Gracias
Rodolfo Aguirre

He conseguido mejor precio que con mi banco. Estoy satisfecho gracias
Celeste Sanchez
¿POR QUE CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA?
El Seguro de Vida busca garantizar la protección de sus seres queridos ante el fallecimiento o la invalidez, para que sus beneficiarios o herederos perciban una indemnización, o en caso de Invalidez sea el propio asegurado quien perciba el capital asegurado.
Es recomendable su contratación cuando la persona tenga contraídas obligaciones familiares, préstamos hipotecarios, personales, así como otros productos financieros, lo que permitirá a los herederos/beneficiarios afrontar las cargas familiares y patrimoniales, garantizando la estabilidad económica ante cualquier evento imprevisto.
También puede ser sus socios o acreedores (Entidad Financiera). Las Entidades Financiera Españolas condicionan normalmente la concesión de una operación hipotecaria con la formalización del seguro de hogar y vida, siendo únicamente obligatorio por la Ley hipotecaria el de hogar, pudiendo ser con cualquier entidad con cláusula de cesión de Derechos a favor de la mismas. Y el seguro de vida podremos cambiar de compañía al finalizar el primer año de contrato, por uno más económico y con las coberturas y capitales a medida, pudiendo designar a la Entidad Financiera como beneficiaria o a la/s persona/s que queramos.
EL PRECIO DEL SEGURO DE VIDA VARIA EN BASE A.
La edad que tenga el asegurado y el capital a asegurar.
La profesión del asegurado, según el riesgo al cual está expuesto en su trabajo.
Hay diferentes tipos de Seguros de Vida, y deberá asegurarse con un profesional independiente como es el Corredor de Seguros, quien además trabaja con varias compañías aseguradoras, para asesorarle cuales deberían de ser las coberturas y capitales a contratar según sus necesidades.
Con Seguro Más Económico podrá estar tranquilo a la hora de asesorarle sin coste alguno, y darle el mejor precio de entre todas las aseguradoras con las que trabaja.
TIPOS DE SEGUROS DE VIDA
1. Seguro Vida temporal: cubre el riesgo por fallecimiento e invalidez durante la vigencia del contrato. Su duración es anual renovable, y se renueva de forma tácita hasta una edad determinada.
2. Seguro Vida entera
3. Seguro Vida ahorro: su objeto es la obtención de un capital al final del plazo convenido.
4. Seguro Vida Riesgo: el beneficiario de la póliza recibirá el capital estipulado cuando el asegurado fallezca o quede invalido.
5. Seguro Vida mixtos: es un seguro de riesgo y ahorro en un mismo contrato.
6. Seguro Vida rentas: seaporta un capital o prima única, el asegurado tiene garantizada una renta vitalicia.
GARANTIA OBLIGATORIA EN EL SEGURO DE VIDA
Fallecimiento por cualquier causa: el asegurador se compromete al pago del capital contratado, en caso de fallecimiento o muerte del asegurado, cualquiera que sea la causa que la produzca. Cabe la opción de poder contratarse con capital Doble o Triple.
Capital Doble en caso de Fallecimiento por Accidente: los beneficiarios recibirán el doble del capital asegurado en la garantía principal.
Capital Triple en caso de Fallecimiento por Accidente de Circulación: los beneficiarios recibirán el triple del capital asegurado en la garantía principal.
¿QUE DEBERÍA DE CUBRIR UN SEGURO DE VIDA A PARTE DEL FALLECIMIENTO?
Como complemento a la garantía principal, no pudiéndose contratar de manera independiente.
- Incapacidad Absoluta y Permanente: En caso de incapacidad absoluta se adelantará el pago del capital contratado al asegurado o persona designada para ello.
Se entiende por accidente, toda lesión corporal que el Asegurado sufra contra su voluntad, por la acción repentina y violenta de una fuerza exterior
- Incapacidad Total Profesional, se adelantará el pago del capital contratado al asegurado.
Se entiende por incapacidad total la situación física irreversible provocada por accidente o enfermedad originados independientemente de la voluntad del partícipe, determinante su total ineptitud para el ejercicio de su profesión habitual, expresamente declarada o de una actividad similar propia de su formación y conocimientos profesionales.
- Capital Doble en caso de accidente: si la incapacidad se produce de manera accidental el asegurado recibirá el doble del capital asegurado en la garantía principal.
Se entiende por accidente, toda lesión corporal que el Asegurado sufra contra su voluntad, por la acción repentina y violenta de una fuerza exterior
- Capital Triple en caso de Invalidez por Accidente de Circulación: el asegurado recibirá el triple del capital asegurado en la garantía principal.
Casos contemplados: como peatón, causado por un vehículo, como conductor o pasajero en vehículo terrestre y como usuario de transportes públicos terrestres, marítimos, aéreos o fluviales.
- Enfermedad grave: la aseguradora realizará el pago del capital asegurado si se le diagnostica una enfermedad específica, según las condiciones generales de la póliza. Normalmente esta garantía tiene una edad limíte de 60 – 65 años. Con este pago queda automáticamente anulada la póliza.
De forma general, las enfermedades consideras como graves por las aseguradoras son:
Cáncer
Accidente cerebro – vascular
Infarto al miocardio
Enfermedades que afecten las arterias coronarias
Insuficiencia renal
Trasplante de órganos vitales
¿PODEMOS REALIZAR MODIFICACIONES EN EL SEGURO EN EL TIEMPO?
Si, antes del vencimiento anual de la póliza informaremos a nuestro Corredor de Seguros de las modificaciones que queremos hacer para llevarlas a cabo al final del año de seguro. Lo puede adaptar a sus necesidades, pudiendo modificar:
Coberturas
Capitales
Beneficiarios
O forma de pago (mensual, trimestral, cuatrimestral, semestral o anual).